Este mes, el Gobierno llegó a un acuerdo con la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares y se volverán a reunir en abril. Los montos definidos
09/03/2024 – 11:10hs
Esta semana, se llegó a un acuerdo paritario entre la Secretaría de Trabajo y los gremios de trabajadoras y trabajadores de casas particulares, mediante el cual una empleada doméstica recibirá un incremento del 38%. Se trata de un aumento que cobra en dos cuotas: una del 20% en febrero, que cobra con en marzo, y otra del 15% en marzo, cobrar en abril. Este porcentaje se calcula sobre las remuneraciones mínimas.
Tras el acuerdo, las partes destacaron que se logró que el cálculo del incremento salarial sea acumulativo, quedando por encima del Salario Mínimo, Vital y Móvil que recientemente el Gobierno fijó por decreto.
La parte sindical no quedó del todo conforme, ya que, además de querer lograr una suba mayor, las conversaciones se realizaron mucho más tarde de lo que se había previsto: la revisión paritaria estaba prevista, en un primer momento, para diciembre de 2023, y se dilató hasta marzo.
Por otro lado, el Ejecutivo, los empresarios y los sindicatos fijaron para el 17 de abril una nueva reunión para evaluar la marcha de los salarios y el impacto de la inflación en los mismos.
Empleada doméstica: cuánta plata cobra por hora en marzo
En marzo, cobrarán los siguientes montos por hora, según la categoría:
- Supervisor/a:
- Por hora con retiro: $2.050
- Por hora sin retiro: $2.246
- Personal para tareas especiales:
- Por hora con retiro: $1.941
- Por hora sin retiro: $2.128
- Caseros:
- Por hora: $1.834
- Asistencia y cuidado de personas:
- Por hora con retiro: $1.834
- Por hora sin retiro: $2.050
- Personal para tareas generales:
- Por hora con retiro: $1.700
- Por hora sin retiro: $1.834
Existe un adicional “por zona desfavorable” equivalente al 30% sobre cada mínimo para cada categoría
Empleada doméstica: cuánta plata cobra por mes en marzo
Los salarios de marzo, según las categorías, quedaron de la siguiente forma:
- Supervisor/a:
- Por mes con retiro: $255.791
- Por mes sin retiro: $284.923
- Personal para tareas especiales:
- Por mes con retiro: $237.644
- Por mes sin retiro: $264.539
- Caseros:
- Por mes: $231.860
- Asistencia y cuidado de personas:
- Por mes con retiro: $231.860
- Por mes sin retiro: $258.384
- Personal para tareas generales:
- Por mes con retiro: $208.510
- Por mes sin retiro: $231.860
Estos valores responden únicamente al salario, por lo que el empleador deberá, además, abonar los conceptos de antigüedad, aportes jubilatorios y obra social.
Beneficios por antigüedad y zona desfavorable
A su vez, dependiendo el caso, hay categorías donde rige un adicional por antigüedad equivalente al 1% por año trabajado sobre los sueldos mensuales que se abona a partir del 1° de septiembre de 2021 y que comenzó a computarse a partir del año 2020, sin efecto retroactivo.
También existe un adicional “por zona desfavorable” equivalente al 30% sobre cada mínimo para cada categoría, a aquellas personas que presten tareas en las provincias de La Pampa, Río Negro, Chubut, Neuquén, Santa Cruz, Tierra del Fuego, o el Partido de Patagones de la Provincia de Buenos Aires.
Empleada doméstica: cómo se calculan las vacaciones
Para los empleados de casas particulares, incluidos en las categorías de supervisores, personal de tareas específicas, caseros, niñeras y cuidadores de adultos, y personal de tareas generales, existe un esquema mediante el cual se reconocen las vacaciones, según el tiempo que haya trabajado.
Los días que le corresponde de vacaciones dependerán de la antigüedad que tenga
Las vacaciones podrá tomarlas entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año y los días que le corresponde dependerán de la antigüedad que tenga:
- Menos de 6 meses: 1 día de descanso por cada 20 días trabajados.
- De 6 meses a 5 años: 14 días.
- De 5 a 10 años: 21 días.
- De 10 a 20 años: 28 días.
- Más de 20 años: 35 días.
Si la incorporación fue reciente, existe un esquema proporcional de días de descanso, de acuerdo a las horas trabajadas:
- Entre 4 y 7 semanas de trabajo: 1 día de vacaciones
- Entre 8 y 11 semanas: 2 días de vacaciones
- Entre 12 y 15 semanas: 3 días de vacaciones
- Entre 16 y 19 semanas: 4 días de vacaciones
- Más de 20 semanas: 5 días de vacaciones
En ambos casos deben quedar registrados en el recibo de sueldo correspondiente.
Por lo tanto, se debe ingresar con clave fiscal al servicio “Casas Particulares” y seleccionar la opción ‘Generar recibo de sueldo’, señala Errepar.
A la información que se completa todos los meses, esta vez, en el apartado Adicionales y descuentos, se deberá presionar la opción “Agregar conceptos” y se selecciona “Vacaciones” o “Sueldo Anual Complementario”, según corresponda.