En un claro intento para proscribir a Cristina Fernndez de Kirchner, la Cmara de Diputados convoc a una sesin especial para el prximo mircoles para tratar el proyecto de ley de Ficha Limpia, que prohbe que alguien condenado en segunda instancia pueda participar en elecciones.
La sesin especial fue solicitada por el jefe de bloque del PRO, Cristian Ritondo.
Si bien tienen el aval del PRO, La Libertad Avanza y otros bloques que apoyan, los votos para que sea sancionada an no estn asegurados.
Para ser aprobada la norma se requiere una mayora especial de 129 votos.
La iniciativa se tratar a una semana de que la Cmara de Casacin Penal ratificara el fallo contra la ex presidenta con el que fue condenada a seis aos de prisin y a prohibirle ejercer cargos pblicos, tal como lo contamos aqu:
El peronismo sostiene que tiene como objetivo impedir que la ex presidenta Cristina Fernndez pueda ser candidata en prximos comicios.
Qu comprende el proyecto de “ficha limpia”
El dictamen de mayora del proyecto de ley de “ficha limpia” consiste en una modificacin de la ley Orgnica de Partidos Polticos (23.298) en su artculo 33, en el que se establece quines no pueden “ser precandidatos en elecciones primarias ni candidatos en elecciones generales a cargos pblicos electivos nacionales, ni ser designados para ejercer cargos partidarios”.
El proyecto agrega a los condenados por “los delitos contemplados en el ttulo XI del libro segundo del Cdigo Penal de la Nacin previstos en los captulos VI (cohecho y trfico de influencias), VII (malversacin de caudales pblicos), VIII (negociaciones incompatibles con el ejercicio de funciones pblicas), IX (exacciones ilegales), IX bis (enriquecimiento ilcito de funcionarios y empleados) y XIII (encubrimiento)”.
Luego, se agrega la prohibicin para quienes cometieron el “delito de fraude en perjuicio de la administracin pblica contemplado en el artculo 174, inciso 5, del Cdigo Penal de la Nacin” y todos los que sean incorporados en este o “por leyes especiales, en virtud del cumplimiento de la Convencin Interamericana contra la Corrupcin”.
“El supuesto previsto en el presente inciso se extender desde que exista sentencia condenatoria, aunque no se encuentre firme, siempre y cuando resulte confirmada por un rgano judicial de instancia superior, hasta su eventual revocacin o, en su caso, cumplimiento de la pena correspondiente”, continu.
La disidencia de la Coalicin Cvica al dictamen de mayora plantea que “la prohibicin de ser candidato debe regir desde que exista condena penal en cualquier instancia del proceso”.