Sunday, 31 May, 2026
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Gobierno amplía plazo para que provincias regularicen deudas

El Gobierno nacional otorgó una nueva ventana temporal a las provincias y a la Ciudad Autónoma de Buenos Aires para que formalicen su adhesión al mecanismo creado para ordenar y cancelar deudas recíprocas con la administración central. La disposición fue oficializada este miércoles a través del Decreto 171/2026, que modifica aspectos operativos del régimen original.

Un plazo para la regularización

La norma establece que las jurisdicciones que aún no se hayan sumado al programa podrán hacerlo en un plazo de 60 días hábiles administrativos, contados desde la vigencia del decreto. Este período podrá ser ampliado, por única vez, por decisión de la Autoridad de Aplicación, que es la Secretaría de Hacienda. El objetivo declarado es facilitar el proceso de saneamiento integral de las cuentas públicas provinciales y nacionales.

Modificaciones al régimen vigente

El decreto introduce ajustes significativos al marco normativo preexistente (Decreto 969/2024). Una de las modificaciones clave extiende hasta el 31 de diciembre de 2027 el plazo para que las partes presenten la documentación respaldatoria de las obligaciones que buscan incluir en el proceso de compensación.

Nuevos procedimientos y responsabilidades

Se incorporaron precisiones sobre los pasos a seguir. Los organismos del Estado Nacional deberán elaborar informes técnicos que evalúen la verosimilitud y cuantificación de las deudas, con intervención previa de los asesores legales del Ministerio de Economía. Además, se añadió un artículo que establece que cada parte –nación o provincia– será responsable exclusiva de validar la legitimidad de los créditos y obligaciones que proponga negociar.

Mecanismos para resolver discrepancias

Ante diferencias en los informes técnicos, se abrirá una instancia de negociación que no podrá superar los 180 días hábiles, plazo que también es susceptible de prórroga. El decreto también delimita la intervención de organismos de control como la Procuración del Tesoro y la Sindicatura General de la Nación, que solo actuarán si las deudas están sometidas a litigios judiciales o arbitrales.

Contexto y objetivos

El régimen fue creado como una herramienta para que las jurisdicciones puedan extinguir, total o parcialmente, sus obligaciones mutuas mediante mecanismos como compensaciones y transacciones. Según se desprende de los considerandos del decreto, si bien el mecanismo ha permitido sanear una parte de las cuentas, aún persisten deudas pendientes que requieren nuevos acuerdos. La fijación de este nuevo plazo busca impulsar la culminación de ese proceso.

La normativa entrará en vigencia al día hábil administrativo siguiente a su publicación en el Boletín Oficial, marcando el inicio de la cuenta regresiva para las provincias que aún no se han incorporado al sistema.

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