Un tribunal de apelaciones de Nueva York revocó este martes la sentencia que obligaba a la Argentina a pagar 16.000 millones de dólares a los fondos demandantes en el juicio por la expropiación de YPF. La decisión, tomada por la Cámara de Apelaciones del Segundo Circuito, marca un punto de inflexión en uno de los litigios internacionales más complejos y costosos que enfrenta el país.
Un giro basado en la ley argentina
El proceso judicial, que se desarrolla en tribunales estadounidenses pero que debe aplicar legislación argentina, había generado un choque de interpretaciones jurídicas. En primera instancia, la jueza Loretta Preska había fallado a favor de los demandantes, representados por los fondos Petersen y Burford Capital. Sin embargo, la Cámara de Apelaciones reconsideró los argumentos presentados por la defensa argentina desde 2017, centrándose en un análisis estricto del derecho local.
Los fundamentos clave de la reversión
El fallo de apelación se sustentó en dos pilares principales del ordenamiento jurídico argentino. En primer lugar, aplicó la Ley de Sociedades Comerciales para determinar que los fondos accionistas no tenían derecho a reclamar de manera directa contra otro accionista, en este caso el Estado argentino. El tribunal señaló que el procedimiento correcto hubiera sido impugnar la asamblea que aprobó la expropiación, un paso que los demandantes omitieron.
En segundo término, el tribunal reconoció la primacía de las facultades de expropiación del Estado, tal como están establecidas en la Constitución Nacional y la ley específica. La sentencia establece que un contrato societario, como el estatuto de YPF, no puede estar por encima de las potestades soberanas de expropiación reguladas por la ley argentina.
Implicancias y contexto del litigio
El caso se originó tras la decisión del gobierno argentino, en 2012, de recuperar el control accionario de la petrolera YPF. Los fondos demandantes, que habían adquirido acciones de la empresa, argumentaron que la operación violó el estatuto societario al no realizar una oferta pública de compra por la totalidad del paquete accionario.
El fallo inicial de 2016, confirmado en 2023, había generado una enorme presión financiera sobre el país. La reversión de la Cámara no solo elimina, por el momento, esa obligación cuantiosa, sino que también sienta un precedente sobre la aplicación de la ley argentina en tribunales extranjeros. La defensa del Estado argentino, mantenida a lo largo de tres gestiones de gobierno diferentes, argumentó consistentemente que el tribunal de primera instancia había interpretado erróneamente la legislación local.
Un alivio financiero y un precedente jurídico
La decisión representa un alivio significativo para las cuentas públicas argentinas, que enfrentaban la perspectiva de un desembolso monumental. Más allá del aspecto económico, el fallo subraya la importancia de la correcta aplicación del derecho nacional en foros internacionales. El tribunal de apelaciones consideró que una sentencia del monto original constituiría una forma indirecta de condicionar el ejercicio de una facultad soberana del Estado.
El proceso aún podría extenderse, ya que los demandantes tienen la opción de apelar ante la Corte Suprema de los Estados Unidos. No obstante, el pronunciamiento de la Cámara de Apelaciones redefine completamente el escenario legal y fortalece la posición argentina de cara a las próximas etapas.
