A través de un decreto, el Poder Ejecutivo delegó en Córdoba y otras ocho jurisdicciones la administración y mantenimiento de tramos de rutas nacionales, permitiéndoles financiar las obras mediante el cobro de peaje.
El Poder Ejecutivo nacional habilitó a Córdoba y otras ocho provincias a concesionar tramos de rutas nacionales en sus respectivos territorios. Lo hizo a través del decreto 253/2026 publicado este viernes en el Boletín Oficial de la Nación, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
En los considerandos de la normativa, se sostiene que “varias jurisdicciones han manifestado interés en asumir la administración, reparación, ampliación, conservación o mantenimiento de tramos de rutas nacionales que atraviesan sus respectivos territorios, en el marco del fortalecimiento del régimen federal”.
El texto precisa que las provincias de Corrientes, Santa Fe, Córdoba, San Luis, Mendoza, Río Negro, Neuquén, San Juan y Santa Cruz “requirieron avanzar en esquemas de gestión temporal respecto de ciertos tramos de rutas nacionales”. Además, señala que la delegación podrá extenderse a otras jurisdicciones que así lo soliciten.
El artículo 1 del decreto aclara que las facultades delegadas se ejercerán con carácter “funcional, limitado, temporal y revocable”, y no implican la transferencia de la titularidad del dominio público ni de la jurisdicción federal sobre los tramos viales.
Según el artículo 2, Córdoba y cada provincia deberán suscribir un convenio con la Dirección Nacional de Vialidad, el cual deberá ser aprobado por la Secretaría de Transporte del Ministerio de Economía. El plazo de concesión no podrá exceder los 30 años.
El artículo 5 establece que la delegación no implica la cesión del dominio público, que permanecerá bajo exclusiva titularidad del Estado Nacional. Cada provincia tiene un plazo de un año, desde la aprobación del convenio, para formalizar el llamado a licitación, bajo pena de decaimiento de la delegación.
Los fondos obtenidos de la explotación del peaje no podrán ser afectados a la construcción o conservación de otros tramos u obras, según detalla el artículo 7. Tampoco podrán licitarse conjuntamente en un mismo corredor vial con rutas de otra jurisdicción.
