El proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, enviado por el oficialismo, comenzará su tratamiento en comisiones de la Cámara de Diputados. La iniciativa modifica el mandato de la institución y establece nuevas condiciones para la remoción de sus autoridades.
El proyecto de reforma de la Carta Orgánica del Banco Central, anunciado por el presidente Javier Milei, iniciará su recorrido legislativo el miércoles 5 de agosto en la Cámara de Diputados. El debate se realizará en un plenario de las comisiones de Finanzas y de Presupuesto y Hacienda, desde las 15 horas, en el anexo C de la Cámara baja. Funcionarios del Poder Ejecutivo asistirán para apoyar la iniciativa.
Según la Agencia Noticias Argentinas, el proyecto establece un mandato único para el Banco Central: preservar el valor de la moneda. Se eliminan los propósitos adicionales que figuraban en la Carta Orgánica y se prohíbe el financiamiento del déficit. El texto sostiene: “Volver al mandato único implica principalmente reconocer la naturaleza monetaria de la inflación. La inflación es siempre y en todo lugar un fenómeno monetario generado por un exceso de oferta que conlleva una pérdida del poder adquisitivo del dinero. No debiera ser tarea del Banco Central ocuparse de otros objetivos”.
La iniciativa, calificada por Milei como “la más importante” de su gestión, busca consolidar el criterio de que no se debe emitir moneda sin respaldo y que la emisión cero no puede negociarse. En consecuencia, se impiden los adelantos transitorios al Tesoro, los préstamos a las provincias, el uso de letras intransferibles y se limita la transferencia de utilidades a ganancias reales del organismo.
El proyecto también modifica el régimen de remoción de las autoridades del Banco Central. Se requerirá una mayoría de dos tercios en ambas cámaras del Congreso para destituir al presidente y a los directores. El texto indica: “En particular, a partir de la sanción de esta iniciativa, nadie podrá ser removido por resistirse a desviar la política monetaria para cumplir objetivos populistas”. Además, la remoción solo podrá ser decretada por el Poder Ejecutivo Nacional con la aprobación previa de ambas cámaras por mayoría de dos tercios.
Otra modificación elimina el artículo que permitía al ministro de Economía o a su representante participar con voz pero sin voto en las sesiones del directorio. El proyecto argumenta que “eliminar la presencia permanente de un representante del Tesoro en las reuniones del directorio constituye una delimitación más clara de influencias”.
