El Gobierno nacional publicó el Decreto 824/2026 en el Boletín Oficial, mediante el cual se establece un bono extraordinario de hasta 70.000 pesos para jubilados, pensionados y titulares de prestaciones sociales de ANSES, que se abonará en septiembre de 2026 junto con el aumento de haberes.
El Gobierno nacional anunció este lunes 31 de agosto a la madrugada, a través del Decreto 824/2026 publicado en el Boletín Oficial, el pago de un bono extraordinario para jubilados, pensionados y titulares de prestaciones sociales administradas por la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). El beneficio incluye a la Pensión Universal para el Adulto Mayor (PUAM) y a las pensiones no contributivas por invalidez, vejez, madres de 7 hijos o más, y demás pensiones no contributivas y graciables.
El bono será de hasta 70.000 pesos y se abonará junto con el aumento de septiembre, que elevará la jubilación mínima de 419.775,93 pesos a 428.591,22 pesos. De esta manera, quienes cobren la jubilación mínima y el bono completo percibirán un total de 498.591,22 pesos en septiembre.
Puntos principales del Decreto 824/2026
El decreto establece el otorgamiento de un “BONO EXTRAORDINARIO PREVISIONAL” por un monto máximo de 70.000 pesos para los beneficiarios detallados en el artículo 2°, cuyos haberes se encuentren dentro de los parámetros fijados en los artículos 3° y 4° de la medida. El pago se realizará en el mes de septiembre de 2026.
Los beneficiarios alcanzados son:
- Titulares de prestaciones contributivas previsionales a cargo de ANSES, otorgadas en virtud de la Ley N° 24.241, regímenes nacionales generales anteriores y sus modificatorias, regímenes especiales derogados, o ex-Cajas o Institutos Provinciales y Municipales de Previsión transferidos a la Nación, cuya movilidad se rija por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y prestaciones del régimen establecido por el Decreto N° 160/05.
- Beneficiarios de la Pensión Universal para el Adulto Mayor.
- Beneficiarios de pensiones no contributivas por vejez, invalidez, madres de 7 hijos o más, y demás pensiones no contributivas y graciables, cuyo pago esté a cargo de ANSES.
El decreto indica que el bono tendrá carácter de no remunerativo y no será susceptible de descuento alguno ni computable para ningún otro concepto.
En cuanto al monto, se especifica:
- Para quienes reciban por la suma de todas sus prestaciones vigentes un monto menor o igual al haber mínimo previsional garantizado (artículo 125 de la Ley N° 24.241), el bono será pagadero en su totalidad, es decir, 70.000 pesos.
- Para quienes perciban un importe superior al haber mínimo previsional garantizado, el bono será igual al monto necesario para alcanzar el tope resultante de la suma de dicho haber mínimo más el monto máximo del bono (70.000 pesos).
