La norma, firmada por el gobernador Ron DeSantis el 21 de abril, modifica el umbral para reportar choques, exige comprobante de domicilio para registrar un vehículo y establece sanciones por ocultar placas, entre otros cambios.
La ley SB-488 de Florida entrará en vigor el 1 de octubre y modifica normas para conductores y propietarios de vehículos. El gobernador Ron DeSantis firmó la norma el 21 de abril y quedó registrada como capítulo 2026-39 de las leyes estatales.
La medida cambia reglas sobre reporte de choques, registro de vehículos y uso de placas. También modifica la forma en que el Departamento de Seguridad en las Carreteras y Vehículos Motorizados (DHSMV) se comunica con los conductores.
Reporte de choques
Un conductor involucrado en un choque que solo cause daños materiales deberá avisar a la policía cuando el daño aparente a vehículos u otros bienes alcance al menos 2.000 dólares. Hasta ahora, el umbral era de 500 dólares.
La norma mantiene la sanción vigente para quien no reporte un choque que supere ese monto. Se trata de una infracción de tránsito no penal, castigada como falta sin movimiento según el capítulo 318 de los estatutos, que fija una multa base de 30 dólares más los cargos que añade cada condado.
Registro de vehículos
Para registrar un vehículo, los solicitantes individuales deberán presentar un comprobante de domicilio y uno de tres documentos: licencia o identificación REAL ID emitida por Florida u otro estado, pasaporte estadounidense vigente o pasaporte extranjero vigente con el formulario I-94 de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza.
Los miembros en servicio activo de las Fuerzas Armadas quedan exentos de indicar una dirección permanente en Florida.
El requisito se aplica a toda solicitud de registro, incluida la de quien compra un vehículo y debe inscribirlo a su nombre. El texto aprobado no modifica los trámites de traspaso de título ni el aviso de venta que presenta el vendedor.
Placas y concesionarios
La ley aclara que los marcos o bordes decorativos de las placas no constituyen una infracción, siempre que no cubran el número de la placa ni la calcomanía de registro de la esquina superior derecha. Ocultar esos datos a sabiendas sigue siendo un delito menor de segundo grado, castigado con hasta 60 días de cárcel y una multa de hasta 500 dólares.
En la venta de vehículos nuevos, la norma prohíbe a fabricantes y distribuidores entregar a un solo concesionario, o a un grupo bajo control común, más del 33.33 % de las unidades de una marca con 1.000 o más vehículos en un período de 12 meses. Además, les da 60 días para responder a la venta de una franquicia de concesionario; si no lo hacen, la operación se considera aprobada.
El DHSMV podrá enviar por correo electrónico avisos de renovación y, con autorización del titular, órdenes de cancelación, suspensión o revocación de licencias. Las solicitudes de reemplazo de licencia y de tarjetas de identificación deberán incluir una dirección de correo electrónico.
Transportistas de carga
La ley también sustituye el registro de transportistas de carga por un sistema de licencias con calcomanías del impuesto al combustible. Además, sanciona la falsificación de esas calcomanías.
El senador republicano Ralph Massullo, del distrito 11, presentó el proyecto el 13 de noviembre de 2025. El Senado lo aprobó por 38 votos a 0 el 19 de febrero y la Cámara de Representantes, por 108 a 1 el 9 de marzo. Tras cambios en la Cámara, el Senado ratificó la versión final por 36 a 0 el 11 de marzo.
