Thursday, 7 November, 2024
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Cierre de las empresas: alerta por el encarecimiento de las tasas de interés para créditos laborales

Desde hace semanas, entidades del sector agropecuario vienen advirtiendo sobre el encarecimiento de las tasas de interés aplicables para créditos laborales en la Justicia Nacional de Trabajo. La Sociedad Rural Argentina (SRA), la Confederación Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y Coninagro habían planteado el problema ante la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (CNAT), sin embargo, por el trasfondo del problema parece no haber una salida fácil.

El problema viene de larga data: en 2022 se juntaron los 30 jueces que integran la Cámara para emitir una nueva acta que permitiera rever los criterios de actualizaciones con los que se fijan los intereses de los créditos laborales. El desenlace final no fue el esperado. Entre los criterios de actualización está determinado, por ejemplo, que se mantiene la tasa activa del Banco Nación, la tasa pasiva, entre otras. Estas generan un criterio de previsibilidad para que quien venga liquidando, cuando obtenga una sentencia, que se le reconozca un derecho y se aplique una tasa.

Así, en marzo del 2024 y a raíz de algunos pedidos de rever el acta 2783, los jueces de la Cámara se volvieron a reunir con el fin de generar un cambio positivo en la actualización. No obstante, hubo un efecto contrario, según dijeron. “Cuando actualizás los créditos laborales con la nueva acta que nace, porque la Corte derogó la anterior, el crédito es más desproporcionado y más irrazonable que con el acta anterior”, dijo Ignacio Forconi, abogado laboralista de la Sociedad Rural Argentina (SRA).

La Cámara está integrada por 10 salas que, a su vez, tienen tres jueces, es decir, en total son 30 jueces que pertenecen a ella. Estos se reúnen periódicamente y por mayoría definen las nuevas tasas que actualizan a través de actas. En 2022, cuando se creó la nueva forma de actualizar los créditos, cuya acta lleva el número 2764, provocó que lejos de ser una actualización positiva, con márgenes a la baja para el empresario, se convirtiera en un perjuicio, con intereses que quedaron absolutamente desfasados.

Ricardo Lorenzetti, Juan Carlos Maqueda, Carlos Rosenkrantz y Horacio Rosatti, miembros de la Corte Suprema de JusticiaHernan Zenteno – La Nacion

Fue por eso que la Corte Suprema derogó el acta anterior y pretendió buscar una moderación en los criterios de aplicación. Todo esto para que el trabajador tenga su sentencia actualizada. Así, dejó sin vigencia el acta 2764. No obstante, agregó Forconi, la nueva acta es peor a la que se mandó a derogar. “A partir de esto las empresas del sector agropecuario se presentaron nuevamente en la Cámara para plantear el problema justificado con números”, manifestó. En efecto, las cámaras y entidades mencionadas solicitaron la reducción de la tasa de interés aplicable a los créditos laborales en la Justicia de Trabajo, argumentando que esta decisión provoca “el cierre de las empresas”.

Para poner un ejemplo, si una empresa tenía que indemnizar a un trabajador con 10 meses de antigüedad y eso daba un millón de pesos, con este criterio de actualización estos valores podrían alcanzar los 25 millones. Por eso, el sector empresario recurrió a la Cámara y expuso que la decisión es “insostenible”. En esa instancia la Cámara no respondió a las empresas que se manifestaron en contra. Pero la Corte había contestado anteriormente de manera escueta a la Cámara con un “téngase presente”. Ante la falta de soluciones, las entidades volvieron a manifestar el problema.

“Lo que sucede es que las sentencias son impagables. El otro factor es que muchas veces los procesos demoran mucho, no por el trabajador, sino por la Justicia, que después castiga al sector empresario con una tasa de interés alta. Esto va a seguir generando más desempleo”, precisó. La tasa de ajuste que aplicaba la Justicia era del 700%. “No se puede pagar. Crear empleo es un problema que tiene la Argentina; cualquier emprendedor tenía miedo de emprender por el tema laboral [antes de la Ley Bases], cuando el tema de los intereses es un problema”, especificó.

Las cámaras y entidades vinculadas al agro solicitaron la reducción de la tasa de interés aplicable a los créditos laborales en la Justicia de TrabajoSantiago Filipuzzi

Muchos han vivido reclamo judiciales. El empresario no contrata para despedir ni el trabajador se emplea para hacer un juicio. Uno trabaja porque necesita crecer profesionalmente y llevar el pan a casa; el empresario para poder producir necesita hacer un negocio y crecer. Hay un porcentaje enorme de litigiosidad que no demuestra que el trabajador quiera trabajar ni que el empresario esté dispuesto a invertir para producir porque parece lo más parecido a una industria, aunque nadie quiera hacer juicio las herramientas que ofrece el sistema judicial actual producen ventaja… No es moral ni justo. La sentencia tiene que ser un acto de justicia”, expresó.

En resumen, según el experto laboralista, la Corte Suprema no va a resolver el problema de fondo para simplificarlo, ya que como se mencionó en febrero, habilitó a la Cámara a través de una derogación del acta anterior a que se generara una nueva, pero la que se hizo no resultó. A todo esto, el escenario se agravó por la inflación. Las vías posibles ahora son que la Corte cree una especial o vuelva a derogar el acta de la Cámara. “Si queremos que la sociedad prospere, hay que salir del desempleo, la pobreza y bregar porque el empresario crezca”, cerró.

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