La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió un comunicado este lunes en el que cuestionó una medida cautelar del juez Walter Federico Saettone, que prohíbe a un grupo de cronistas acercarse al presidente de la AFA, Claudio Tapia.
La Asociación de Entidades Periodísticas Argentinas (ADEPA) emitió un comunicado este lunes en el que manifestó su postura respecto a la medida cautelar dictada por el juez Walter Federico Saettone, titular del Juzgado de Garantías N° 7 de Pilar. La resolución judicial, que prohíbe a un grupo de periodistas acercarse al presidente de la Asociación del Fútbol Argentino (AFA), Claudio Tapia, fue presentada en el marco de una denuncia penal iniciada por el dirigente.
En el documento, ADEPA sostuvo que la restricción impuesta a los profesionales de la comunicación afecta garantías básicas para el ejercicio de la actividad informativa. La entidad señaló que la medida establece la prohibición de contacto y acercamiento de los trabajadores de prensa hacia Tapia, así como la abstención de difundir datos personales, imágenes o información del ámbito privado o familiar del denunciante.
ADEPA afirmó que el texto de la resolución judicial carece de sustento fáctico verificable, al no mencionar hechos concretos que justifiquen la imputación de un delito penal a los periodistas afectados. La presentación judicial de Tapia se centró en la cobertura informativa sobre la administración de la AFA, según indicó la entidad.
La organización advirtió que fijar un perímetro de exclusión física en torno a un dirigente civil con alta exposición pública puede afectar tareas básicas del periodismo, como formular preguntas directas o realizar coberturas. Asimismo, recordó que, según estándares internacionales, el derecho a la privacidad se reduce cuando se trata de actores institucionales relevantes, y que la vida privada de personas con funciones públicas debe ser interpretada con especial cuidado para evitar el bloqueo de investigaciones.
ADEPA consideró que las restricciones vigentes generan un efecto inhibitorio sobre la libertad de prensa y que el uso de la estructura penal del Estado para frenar publicaciones configura una anomalía institucional. La entidad puntualizó que la decisión judicial representa una violación de la prohibición de establecer censura previa, establecida en el artículo 14 de la Constitución Nacional y en pactos internacionales.
