El Municipio de Río Grande pidió ser parte interesada en la causa que busca frenar la explotación hidrocarburífera en aguas del Atlántico Sur. La Justicia Federal de esa ciudad ya se declaró competente.
El Municipio de Río Grande se presentó ante la Justicia Federal para intervenir en la causa que busca frenar la explotación hidrocarburífera proyectada en aguas del Atlántico Sur, frente a las Islas Malvinas. La presentación fue realizada por el apoderado del municipio, Sebastián Tesei, y anunciada por el intendente Martín Pérez.
El Municipio pidió ser parte interesada en la causa iniciada por el CECIM La Plata y abogados ambientalistas contra Rockhopper y Navitas. La Justicia Federal de esa ciudad declaró su competencia para intervenir en el conflicto.
“Río Grande no puede ser indiferente frente a la explotación ilegal de nuestros recursos en el Atlántico Sur”, sostuvo Pérez al comunicar la decisión a través de su cuenta de X.
El jefe comunal destacó que la presentación se realiza en defensa del ambiente, los recursos naturales y la soberanía argentina, y remarcó que la Carta Orgánica municipal establece expresamente ese mandato. “Defender Malvinas también es actuar. Y Río Grande va a estar siempre donde tenga que estar para defender los intereses y la soberanía de los argentinos”, afirmó.
La presentación municipal se suma así a la acción impulsada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) y la Asociación Civil de Abogados y Abogadas y Profesionales Ambientalistas (AAdeAA) contra las empresas Rockhopper Exploration y Navitas Petroleum Development and Production Limited (NPDP), vinculada al proyecto hidrocarburífero denominado “León Marino”.
Entre los fundamentos de su presentación, la municipalidad indicó que “Río Grande no comparece como un tercero que invoca un interés genérico o abstracto en la protección del ambiente, sino como un Municipio al cual su norma institucional fundamental atribuye, en razón de su específica condición de Municipio ribereño, deberes concretos de custodia y protección respecto de su cuenca y de los ecosistemas asociados”.
Además, destacaron que de realizarse, “el proyecto avanzaría sin haberse sometido al procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental exigido por la normativa argentina, ni contar con el correspondiente Certificado de Aptitud Ambiental”.
La intervención de Río Grande se produce luego de que la jueza federal Mariel Borruto resolviera que la Justicia Federal de esa ciudad es competente para intervenir en la demanda.
La magistrada hizo suyo el criterio planteado por el Ministerio Público Fiscal y entendió que existe competencia federal “en razón de la materia y del territorio”, además de reconocer la jurisdicción de los tribunales argentinos sobre las empresas demandadas, que tienen domicilio en el extranjero.
Pero el punto central de la resolución fue que el conflicto no involucra solamente una cuestión ambiental o vinculada a la explotación petrolera. Para Borruto, detrás de la demanda aparece también una cuestión directamente relacionada con la soberanía argentina sobre el Atlántico Sur.
“Subyace en ella la defensa de la soberanía nacional, bien colectivo indivisible que reviste la calidad de interés federal por antonomasia”, sostuvo la jueza.
La resolución también puso el foco en el posible impacto ambiental del emprendimiento. La jueza señaló que el proyecto se encuentra previsto en aguas del Atlántico Sur y que los recursos involucrados tienen carácter interjurisdiccional por las características oceanográficas y ecosistémicas de la zona.
El fallo menciona las ecorregiones Mar Argentino e Islas del Atlántico Sur y advierte que una eventual degradación ambiental podría afectar recursos que exceden una jurisdicción territorial determinada.
La acción judicial pretende que Rockhopper y Navitas se abstengan de iniciar o continuar las obras, perforaciones, instalaciones y demás intervenciones vinculadas con el proyecto “León Marino” hasta tanto se realice ante la autoridad ambiental nacional competente el procedimiento de evaluación de impacto ambiental previsto por la Ley General del Ambiente.
La jueza, además, consideró que se trata de una acción de naturaleza colectiva porque el reclamo apunta a proteger un bien de carácter colectivo.
Lo definió como un bien de “titularidad indiferenciada y afectación común, insusceptible de apropiación individual y de fraccionamiento en el reclamo”.
De todos modos, Borruto aclaró que todavía no resolvió la admisibilidad formal de la acción colectiva. Antes deberá determinarse si existe otro proceso colectivo registrado con características sustancialmente similares.
Para eso, ordenó consultar el Registro Público de Procesos Colectivos y también intimó a los demandantes a informar, bajo declaración jurada y dentro de cinco días, si promovieron otras acciones similares.
Con la presentación del Municipio de Río Grande, la disputa judicial suma ahora a un actor institucional directamente vinculado con el territorio fueguino, que busca intervenir en una causa donde la Justicia ya dejó planteado que la discusión excede la cuestión petrolera: involucra ambiente, recursos naturales, jurisdicción marítima y soberanía argentina sobre el Atlántico Sur.
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