Monday, 24 August, 2026
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La tenencia de mascotas se consolida como un factor clave en el mercado de alquileres de Buenos Aires

En un contexto de mayor oferta inmobiliaria, la pregunta “¿aceptan mascotas?” se ha vuelto decisiva para muchos inquilinos, obligando a los propietarios a reconsiderar sus políticas para no extender los tiempos de desocupación.

En la Ciudad de Buenos Aires, la búsqueda de un departamento para alquilar suele incluir una pregunta cada vez más común y determinante: “¿Aceptan mascotas?”. Para un segmento creciente de la población, una respuesta negativa puede significar el fin de la negociación, incluso si la propiedad cumple con todos los demás requisitos.

Esta situación se enmarca en un mercado con una oferta ampliada. Según datos del Colegio de Escribanos porteño (Cucicba), desde la entrada en vigencia del DNU 70/2023 en diciembre del año pasado, la oferta de alquileres en la ciudad se incrementó un 176,55%, con un aumento de más del 10% solo en el último mes. “Los propietarios que no aceptan animales domésticos corren en desventaja y eso puede convertirse en un motivo definitivo para que no se alquile un inmueble”, afirma Daniel Salaya Romera, director de una inmobiliaria.

La relevancia de las mascotas en los hogares porteños es un dato estadístico contundente. El último censo de la Dirección General de Estadística y Censos de la Ciudad registra 861.852 mascotas (493.676 perros y 368.176 gatos), una cifra que supera ampliamente a la población de niños de 0 a 14 años, que es de 460.696. Paralelamente, la proporción de familias que conviven con animales pasó de alrededor del 50% en 2014 a entre el 75% y 80% en la actualidad.

Sin embargo, la oferta de propiedades que explicitan aceptar mascotas no parece acompañar esta tendencia en su totalidad. Según el portal Zonaprop, de los casi 14.500 avisos de departamentos en CABA, solo unos 2.900 (el 20%) tienen activa la opción “acepto mascotas”. “Alrededor del 30% de los propietarios aún no quieren animales en sus propiedades, lo que reduce drásticamente las opciones para los inquilinos con mascotas”, agrega Salaya Romera.

Desde el punto de vista legal, un propietario puede prohibir la tenencia de animales si dicha cláusula está expresamente consignada en el contrato de locación o en el reglamento de copropiedad del edificio. “Esta prohibición solo tiene validez si está expresamente consignada”, aclara el especialista, quien recomienda a los inquilinos revisar ambos documentos antes de firmar. El rechazo sistemático a las mascotas, no obstante, puede traducirse en plazos de desocupación más prolongados para la propiedad.

La discusión también trasciende el contrato y llega a los consorcios, donde a veces surgen reclamos por instalaciones como redes de seguridad en balcones para protección de animales, consideradas por algunos como modificaciones no autorizadas.

En un escenario donde los solicitantes con mascotas representan un porcentaje creciente de la demanda, la flexibilidad en este aspecto se ha convertido en un factor más dentro de la negociación del alquiler, junto con el precio y las condiciones contractuales.

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