El Poder Ejecutivo Nacional oficializó este lunes el Decreto 875/2026, que reglamenta la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil. La norma, que establece la edad de imputabilidad a partir de los 14 años, entró en vigencia el sábado pasado.
El Gobierno Nacional publicó este lunes en el Boletín Oficial el Decreto 875/2026, mediante el cual se reglamenta la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil. Dicha ley, que establece la imputabilidad penal para adolescentes desde los 14 años, entró en vigencia el sábado 13 de septiembre.
La Ley 27.801 fue sancionada por el Senado en febrero de 2026 y promulgada el 9 de marzo del mismo año. Según su texto, el régimen se aplica a personas adolescentes desde los catorce (14) años hasta las cero (0) horas del día en que cumplan dieciocho (18) años, cuando sean imputadas por un delito tipificado en el Código Penal o en leyes penales especiales.
El Decreto 875/2026 establece los procedimientos para la implementación de la ley. Entre sus disposiciones, designa al Ministerio de Justicia como autoridad de aplicación, con la responsabilidad de implementar y coordinar el régimen en el ámbito nacional y federal.
La reglamentación crea el Registro de Supervisores del Régimen Penal Juvenil. Este registro estará integrado por profesionales con formación en educación, pedagogía infantojuvenil, psicología, trabajo social o adicciones, que acrediten experiencia y capacitación en justicia penal juvenil. El decreto establece un plazo de 180 días para la conformación definitiva del registro y, hasta entonces, el Ministerio de Justicia elaborará un listado provisorio.
Además, se crea el Comité Interministerial del Régimen Penal Juvenil, que funcionará en el ámbito del Ministerio de Justicia. Según el artículo 5° del decreto, sus funciones incluyen coordinar la actuación de los ministerios involucrados, elaborar lineamientos comunes en materia de prevención y reinserción, promover el intercambio de información y emitir recomendaciones no vinculantes. El comité estará integrado por representantes de los Ministerios de Justicia, Seguridad Nacional, Capital Humano y Salud.
La normativa también establece la creación de la Mesa Federal del Régimen Penal Juvenil, un espacio de articulación entre el orden nacional, las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Sus funciones incluyen promover la armonización de criterios técnicos y procesales entre jurisdicciones e intercambiar experiencias. Podrán participar representantes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, la Procuración General de la Nación y la Defensoría General de la Nación.
En materia de asistencia a víctimas, la reglamentación establece que la autoridad de aplicación deberá disponer de equipos interdisciplinarios de psicólogos y trabajadores sociales, y coordinar mecanismos para garantizar patrocinio jurídico gratuito.
El decreto regula la comunicación al Registro Nacional de Reincidencia, que deberá ser informado cuando se imponga una pena a un adolescente. Este organismo llevará una sección especial para los casos alcanzados por la Ley 27.801.
